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La Audiencia castiga con penas mínimas a dos guardias civiles por filtrar información a narcos

Los condena a tres años de prisión, frente a los 11 que pedía la Fiscalía, al no quedar acreditado que los datos que pasaron “estuviesen protegidos”

Alijo de droga incautado por la Guardia Civil.
Alijo de droga incautado por la Guardia Civil.

Los dos guardias civiles acusados de filtrar información reservada de las unidades de ECO y EDOA a grupos de narcotraficantes y frustrar hasta cinco operaciones policiales han sido condenados a la pena mínima de tres años de prisión y dos de inhabilitación, frente a los 11 que solicitaba la Fiscalía Antidroga que también pedía para ellos una inhabilitación absoluta de siete años. La sala cuarta de la Audiencia de Pontevedra considera probado que los agentes pasaron información pero no entiende que quedó suficientemente acreditado que los datos en cuestión “fuera material exclusivo de los mandos” de la unidades antidroga.

El fallo absuelve además a los agentes Javier López y Diego Fontán del delito de pertenencia a organización criminal, y también al presunto narcotraficante Juan Carlos Santorum, pero al que condenan a dos años de prisión por hacer de enlace entre los guardias y los grupos de narcos investigados a los que les filtraba la información.

La sentencia considera en el caso de Javier López, de 34 años, adscrito al Equipo Contra el Crimen Organizado (ECO) y de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil, se hizo entre enero y julio de 2013, cuando fue detenido, con “diversa información relevante y sensible propia de las distintas investigaciones y operaciones judicializadas llevadas a cabo en su unidad, relativas esencialmente a la materia de narcotráfico, siendo Diego Fontán quien una vez la tuviera en su poder procedería a su revelación y difusión”.

“Tanto Javier como Diego eran conscientes del perjuicio que tanto para la administración pública como para los particulares afectados causaban con sus acciones, así como de las graves consecuencias que para las investigaciones y operaciones generaban”.

Hasta 2.500 archivos confidenciales, según la Fiscalía, acabaron en manos de los narcos, además de un listado confidencial de “fuentes vivas” o confidentes, nombres de los agentes que investigaban y las matrículas de los coches camuflados que utilizaban en los seguimientos. Pero la sala considera que “en aplicación del principio in dubio pro reo no se alcanza la convicción con la certeza precisa, de que en relación con las fuentes vivas y las fichas de obtención de información se hallaran protegidas.

De tal modo que, en particular y en relación con aquellas de las que hay constancia que se encontraban en poder del acusado, Javier López, o que este fue quien las filtró, pueda concluirse que no tenía autorización para acceder ningún miembro del equipo o que su conocimiento por las medidas de protección existentes fuera exclusivo de los mandos de la unidad”.

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A la misma conclusión llega respecto al agente Diego Fontán, de 35 años, que pertenecía a la Unidad Orgánica de Policía Judicial desde 2008, aunque en el momento de los hechos estaba destinado a Patrimonio. En su caso, dice la sentencia, “tampoco se acredita motivo alguno que justifique su tenencia ni tampoco la copia en un dispositivo móvil, pero lo que no se estima suficientemente acreditado es que precisara de autorización para acceder a los referidos datos”.

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